El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dictó la conciliación obligatoria ante las medidas de fuerza informadas por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) que abarcaría a todas las empresas y comprendería a todos los pilotos, en el marco del CCT de la actividad N° 800/22. A partir de la solicitud interpuesta por la empresa Aerolíneas Argentinas, integrante de la Cámara de Líneas Aéreas de la República Argentina (CLARA), según lo establecido en la normativa vigente, se estableció un

Los representantes de la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), de los pilotos (Apla), del personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA), los Aeronavegantes (AAA), los Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (Atepsa) y los estatales de ATE en la Administración Nacional de Aviación Civil (Anac) habían acordado un plan de acción ante "la situación crítica que atraviesa" el sector.

La medida, que rige desde las 00.00 horas del 19 de julio de 2025, se encuadra en la Ley N.º 14.786, motivo por el cual las partes deberán retrotraer la situación al estado anterior al inicio del conflicto. Se intima a la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas y, por su intermedio a los trabajadores por ella representados, a dejar sin efecto, durante el período de conciliación, toda medida de acción directa y a prestar servicios de manera normal y habitual.

Las acciones gremiales anunciadas por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) para este sábado 19 de julio afectaban a más de 300 vuelos comerciales nacionales e internacionales y 40.000 pasajeros, que en el inicio de la temporada estival y el receso escolar generan un perjuicio enorme no solo a los pasajeros sino también a la empresa.