La sala A de la Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Banco Nación contra la Municipalidad de Rosario por el aumento del Derecho de Registro e Inspección (Drei). Con la firma de los camaristas Aníbal Pineda, Élida Vidal y Fernando Barbará, la Justicia en segunda instancia vuelve a rechazar la cautelar presentada por la entidad crediticia que ya le había sido negada en primera pidiendo la inconstitucionalidad de la suba de tasa.
Según el Banco Nación, la suba del Drei dispuesta este año por la Intendencia y aprobada por el Concejo “vulnera principios fundamentales de la Constitución Nacional, tales como la proporcionalidad, la razonabilidad y la no confiscatoriedad Indicó que la carga tributaria actual, derivada de un aumento desmesurado de la alícuota, afecta gravemente el derecho de propiedad y la sostenibilidad económica de su parte”.
“Es irrefutable que el aumento del Drei ha superado los límites de lo razonable y se ha convertido en un gravamen confiscatorio, y que su parte ha demostrado, mediante los recibos de pago y los argumentos planteados, y qué dicho tributo afecta la capacidad operativa y económica”, insistió el Banco Nación en presentación en Cámara.
No obstante, al revisar el expediente, la Cámara de Apelaciones sostuvo que el Banco Nación “no pudo demostrar o justificar que la norma sea desproporcionada, irrazonable, confiscatoria y se afecten la serie de derechos enumerados por la actora, de la manera en que lo denuncia”.
Finalmente, el Tribunal recurrió a un análisis de doctrina para sostener que “la aplicación de lo dispuesto por normas emanadas del Poder Legislativo o de actos de la Administración Pública, ya que gozan de presunción de legitimidad y tienen una condición de ejecutoriedad que los tribunales no pueden detener o impedir, salvo razones excepcionales” como otro argumento para rechazar la cautelar presentada por el Banco Nación.